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Consejo general de enfermeria
Viajerocallejero:
'''Sobre el Consejo General de Enfermería.'''
Los enfermeros contamos con una organización colegial. El Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España es el órgano regulador y autoridad competente de la profesión enfermera en España. coordina y representa con carácter exclusivo a la profesión de enfermería y a todos los Colegios Oficiales de Enfermería de España en los ámbitos nacional e internacional.
'''Presidente del Consejo general de Enfermería'''
Florentino Pérez Raya ha sido nombrado este lunes como nuevo presidente del Consejo General de Enfermería al ser el único candidato que ha logrado los avales de al menos 15 colegios para presentarse a las elecciones.
'''Reglamentación'''
Las normas básicas de esta organización son la Ley de Colegios Profesionales (Ley nº 2/1974, de 13 de febrero, en su actual redacción tras la Ley 7/1997, de 14 de abril) y los recientes Estatutos Generales, aprobados por Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre de 2001, en los cuales se recogen no sólo la estructura corporativa, con los nuevos órganos del Consejo General y sus competencias, sino también los denominados principios básicos del ejercicio de la profesión de Enfermería.
'''Organos de gobierno:'''
La Organización Colegial de Enfermería está integrada básicamente por el Consejo General de Enfermería, 17 Consejos Autonómicos y 52 Colegios Provinciales, que se articulan como Corporaciones de Derecho Público amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado y la Constitución.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España es el órgano regulador y autoridad competente de la profesión enfermera en España constituyéndose legalmente como órgano superior de representación y coordinación de aquéllos, en los ámbitos nacional e internacional, teniendo a todos los efectos la cualidad de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
El Consejo General es, pues, la entidad que agrupa, coordina y representa con carácter exclusivo a la profesión de enfermería y a todos los Colegios Oficiales de Enfermería de España en los ámbitos nacional e internacional; ordena, en el ámbito de su competencia y de acuerdo con lo establecido en la Constitución y en las leyes, el ejercicio profesional, y defiende y protege los intereses de los pacientes y de los profesionales ejerciendo la facultad disciplinaria y resolviendo los recursos que se interpongan, en los términos regulados en sus Estatutos.
'''Organos Colegiados de Gobierno'''
-- La Asamblea General, órgano supremo del Consejo General, integrado por los Presidentes de los Colegios Provinciales y por los miembros de la Comisión Ejecutiva.
-- El Pleno, formado por los siguientes miembros:
El Presidente del Consejo General.
Los Presidentes de los Consejos autonómicos.
El Presidente de la Comisión Deontológica Nacional.
El Presidente del Instituto Superior de Acreditación y Desarrollo Profesional de la Enfermería y otras Ciencias de la Salud.
-- La Comisión Permanente, que realiza funciones que le encomienden el Pleno y la Comisión Ejecutiva, está integrada actualmente por cuatro miembros, entre los que necesariamente han de estar el Presidente y el Secretario de la Comisión ejecutiva.
'''Referencias'''
http://ift.tt/2DKX8Rg
http://ift.tt/2mHOuuE
http://ift.tt/2DJ0Iew