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Constitución de Guatemala de 1945
2803:7000:7000:951:C77:BEC1:EEA:8C81: Página creada con «La Constitución de Guatemala de 1945, fue la Primera constitución creada luego de que ocurriera la Revolución de Guatemala de 1944, en esta se formulaba que es la le…»
La Constitución de Guatemala de 1945, fue la Primera constitución creada luego de que ocurriera la [[Revolución de Guatemala de 1944]], en esta se formulaba que es la ley suprema de la [[Guatemala|República de Guatemala]], en la cual se rige todo el Estado y sus demás leyes. La Constitución Política de la República de Guatemala actual fue creada por una [[Asamblea Nacional Constituyente]], el 31 de mayo de 1985, la cual lo hizo en representación del pueblo con el objeto de organizar jurídica y políticamente al Estado, así como, también contiene los [[derechos fundamentales]] de los miembros de su población.
Esta misma se divide en 3 partes fundamentales:
=== Parte Dogmática ===
Esta parte comienza desde el artículo 1 al artículo 139, en la cual se encuentran los derechos y libertades fundamentales. Es considerada la parte más importante de la Constitución.
=== Parte Orgánica ===
Esta parte comienza desde el artículo 140 al artículo 262, en la cual se establece la Organización del Estado y de los Organismos del Estado, los cuales son:
* [[Organismo Legislativo (Guatemala)|Organismo Legislativo]] (artículo 157 al artículo 181);
* [[Organismo Ejecutivo]] (artículo 182 al artículo 202); y
* [[Organismo Judicial de Guatemala|Organismo Judicial]] (artículo 203 al artículo 222).
Así como de las entidades autónomas y descentralizadas del Estado.
=== Parte Procesal, Pragmática o Práctica ===
En ésta se establecen las garantías y los mecanismos para hacer valer los derechos establecidos en la Constitución con el objeto de defender el orden constitucional. La encontramos contenida en los títulos VI y VII y comprende los Artículos 263 al 281. Este es un criterio el cual desarrolló el Lic. [[Ramiro de León Carpio]] y se ha ido aceptando por muchos juristas, mientras que otros sostienen que sólo tiene la parte dogmática y la parte orgánica.
Esta misma se divide en 3 partes fundamentales:
=== Parte Dogmática ===
Esta parte comienza desde el artículo 1 al artículo 139, en la cual se encuentran los derechos y libertades fundamentales. Es considerada la parte más importante de la Constitución.
=== Parte Orgánica ===
Esta parte comienza desde el artículo 140 al artículo 262, en la cual se establece la Organización del Estado y de los Organismos del Estado, los cuales son:
* [[Organismo Legislativo (Guatemala)|Organismo Legislativo]] (artículo 157 al artículo 181);
* [[Organismo Ejecutivo]] (artículo 182 al artículo 202); y
* [[Organismo Judicial de Guatemala|Organismo Judicial]] (artículo 203 al artículo 222).
Así como de las entidades autónomas y descentralizadas del Estado.
=== Parte Procesal, Pragmática o Práctica ===
En ésta se establecen las garantías y los mecanismos para hacer valer los derechos establecidos en la Constitución con el objeto de defender el orden constitucional. La encontramos contenida en los títulos VI y VII y comprende los Artículos 263 al 281. Este es un criterio el cual desarrolló el Lic. [[Ramiro de León Carpio]] y se ha ido aceptando por muchos juristas, mientras que otros sostienen que sólo tiene la parte dogmática y la parte orgánica.
http://bit.ly/2WMr3VH